
Vemos que nuestros mayores se mueven y buscan soluciones para mejorar su calidad de vida. Existen opciones —algunas nuevas, y otras que ya existían, estaban en desuso—, y observamos que cada vez se hace más uso de ellas. Os presentamos aquí algunas de estas nuevas soluciones inmobiliarias pensadas para mejorar el bienestar de los mayores.
El bienestar de los mayores
La compra de una vivienda supone el 80% del ahorro familiar. Tras el esfuerzo económico que supone su adquisición, se llega a la edad de jubilación con una vivienda en propiedad y con un minorado poder adquisitivo debido a la limitación de las pensiones. Nuestros mayores, cada vez más y más longevos, se encuentran con necesidades no contempladas en su juventud, necesidades que se manifiestan en esta etapa de su vida y que les obligan a buscar caminos de autonomía. Nos referimos a necesidades como personal cuidador, residencias, apartamentos tutelados, etc.
Existen diversas figuras jurídicas que dan soporte a dichas necesidades.
Venta de la nuda propiedad
Cuando una persona adquiere una propiedad obtiene el pleno domino. La nuda propiedad permite a una persona disfrutar y vivir en su casa sin tener posesión de la misma.
Pleno dominio = Nuda propiedad + usufructo vitalicio
En este caso estaríamos hablando de vender sólo la nuda propiedad, con lo cual el propietario seguirá disponiendo del uso de la vivienda —lo que se llama usufructo—, mientras viva.
Para fijar el precio de venta de la nuda propiedad se suele hacer uso de una tabla de depreciación con respecto al precio actual de mercado, que va en función de la edad del transmitente, donde, a mayor edad, el precio se acerca más al valor de mercado, y a menor edad, la depreciación es mayor.
Venta del pleno dominio y constitución de derecho de habitación
Esta figura jurídica consiste en realizar la Escritura de venta de la vivienda en pleno dominio. En el mismo acto ante Notario, el comprador constituye a favor del vendedor un derecho de uso y habitación sobre la finca objeto de compra-venta durante toda su vida o mientras necesite ocupar la vivienda. Dicho derecho tiene un carácter personal e intransferible, y se compensa mediante el pago de un canon o renta previamente pactado.
Renta vitalicia
En este caso se vende la nuda propiedad de la vivienda, quedándose el vendedor con el usufructo. De esta manera, el vendedor no tiene que abandonar su casa y puede seguir disfrutando de ella como lo venía haciendo hasta la actualidad. El propietario recibe el valor de venta mediante una renta mensual establecida hasta su fallecimiento.
Hipoteca inversa
Esta figura no se gestiona en una Inmobiliaria sino que se realiza a través de una entidad bancaria. La Hipoteca inversa —o hipoteca revertida—, es una operación financiera especialmente diseñada para mayores y personas dependientes. Con esta figura se posibilita convertir a dinero el valor patrimonial que representa la propiedad de su vivienda, sin perder por ello la titularidad.
Nuevas posibilidades. La sociedad cambia, las exigencias y necesidades son otras, y las opciones empiezan a recorrer un nuevo camino.